La Comisión Europea presentó una propuesta para facilitar la aplicación del Reglamento 1115 de la Unión Europea sobre productos libres de deforestación (UEDR), con el objetivo de avanzar en una transición de manera fluida y con un funcionamiento eficiente del sistema informático para presentar las declaraciones de diligencia debida. La iniciativa también habla de un nuevo calendario de vigencia para las micro y pequeñas empresas, de un año, y para las grandes y medianas, un periodo de gracia de seis meses. El Parlamento Europeo y el Consejo deberán debatir la propuesta y tomar la decisión antes del período de que la norma entre en vigor a finales de este año.
El pasado 20 de octubre la Comisión Europea presentó una propuesta para garantizar a las empresas, las partes interesadas mundiales, los terceros países y los Estados miembros una aplicación fluida del Reglamento de la UE sobre deforestación.
Entre las medidas anunciadas, la Comisión introduce simplificaciones específicas para reducir las obligaciones de las empresas de las fases finales de suministro, sin necesidad de presentar las declaraciones de diligencia debida adicionales en el sistema informático UERD. Solo será necesario el registro del operador que introduce el producto o la mercadería por primera vez en el mercado europeo.
“Por ejemplo, los granos de cacao solo necesitarían una declaración de diligencia debida que debe presentar el importador que los introduzca en el mercado de la UE, pero los fabricantes intermedios de productos de chocolate no estarán obligados a presentar una nueva declaración de diligencia debida en el sistema informático”, explica el informe de la Comisión.
Por su parte, los micro y pequeños operadores primarios de países de bajo riesgo en todo el mundo que venden sus productos directamente en el mercado europeo solo presentarían una declaración simple y única en el sistema informático del UERD. Esta simplificación sustituye a la anterior necesidad de presentar periódicamente declaraciones de diligencia debida.
En cuanto a plazos, la Comisión también propone periodos transitorios para garantizar una transición fluida y reforzar el sistema informático. Esto significa que el UERD entrará en vigor el 30 de diciembre de 2026 para las microempresas y las pequeñas empresas. Para las grandes y medianas empresas, la fecha sigue siendo el 30 de diciembre de 2025, pero para garantizar una introducción gradual de las normas, se beneficiarán de un período de gracia de seis meses para los controles y la ejecución.
La nueva entrada en las fechas de aplicación, combinada con la simplificación de las obligaciones para los agentes de la cadena de suministro, tiene por objeto garantizar que el sistema informático pueda mantener el nivel de cargas esperadas.
La Comisión también está trabajando en planes de contingencia, para que los operadores económicos puedan cumplir sus obligaciones, en caso de que los colegisladores no adopten esta propuesta jurídica a tiempo, en cuyo caso el UERD entrará en vigor el 30 de diciembre de 2025.
El Parlamento Europeo y el Consejo debatirán ahora la propuesta de la Comisión y deberán adoptar o no formalmente la modificación específica del Reglamento de la UE sobre deforestación antes de que pueda entrar en vigor, el próximo 30 de diciembre.