Ante la inquietud de los productores respecto a la firma de contratos de venta de la producción de soja 2025/2026, que incluyen compromisos con la Reglamentación 1115 sobre Productos Libres de Deforestación (EUDR), Capeco, Cappro, Fecoprod y UGP presentaron, mediante un comunicado conjunto, el Sistema de Identificación de la Soja para Exportación a la Unión Europea (SISE-UE), una plataforma privada que facilita la comercialización de soja y sus derivados al mercado europeo e informaron cuáles son los lineamientos sugeridos para la adhesión al sistema, conforme a los objetivos estratégicos acordados por las partes y a las normativas vigentes en Paraguay.
La Cámara Paraguaya de Exportadores y Comercializadores de Cereales y Oleaginosas (Capeco), la Cámara Paraguaya de Procesadores de Oleaginosas y Cereales (Cappro), la Federación de Cooperativas de Producción (Fecoprod) y la Unión de Gremios de la Producción (UGP) firmaron un Memorándum de Entendimiento Intergremial para la facilitación de comercialización de soja y sus derivados para el mercado de la Unión Europea. En ese sentido, mediante un comunicado conjunto les informaron al sector productivo y al mercado en general sobre los lineamientos sugeridos para la adhesión voluntaria al sistema SISE-UE, conforme a los objetivos estratégicos acordados por las partes y a las normativas vigentes en Paraguay.
El documento explica que el SISE-UE es un sistema de identificación y trazabilidad de la soja y sus derivados de origen paraguayo con destino a la Unión Europea, con carácter privado, voluntario, seguro y verificable. “No constituye una licencia previa de exportación ni una autorización obligatoria, y es una herramienta fundamental para garantizar el cumplimiento de los requisitos que serán exigidos por la UE para el ingreso de soja y sus derivados industrializados de origen nacional”, resalta.
Ante las inquietudes manifestadas por productores, respecto a los contratos de venta de soja que mencionen el cumplimiento del Reglamento UE 1115 de Productos Libres de Deforestación, que entra en vigencia en vigencia desde el 1 de enero de 2026, y con el objetivo de apoyar en aspectos de seguridad jurídica, capacitación, transparencia y previsibilidad a toda la cadena del negocio, el grupo intergremial trabajó en un modelo de protocolo y flujograma simplificado para guiar a las partes interesadas en adherirse voluntariamente al sistema SISE-EU de manera clara y ordenada. “Reafirmamos nuestra voluntad de seguir construyendo herramientas que faciliten la cooperación entre todos los actores de la cadena productiva, respetando los principios de voluntariedad, confianza y competitividad para el acceso de productos paraguayos a los mercados más exigentes”, expresa el comunicado y agrega que próximamente se darán a conocer materiales explicativos y jornadas de socialización para acompañar este proceso.
Tanto el productor como el silo que voluntariamente decida vender a la UE podrán adherirse al sistema de forma gratuita.
Los gremios sugieren a las empresas compradoras, las exportadoras y procesadoras de soja que se adhieren voluntariamente al SISE, seguir el siguiente protocolo:
1. Contratos de compra – venta entre productores y operadores comerciales: como práctica general se recomienda la firma del contrato comercial habitual sin ninguna referencia al Reglamento 1115.
2. Negociar con el productor si quiere vender o no vender a la UE.
2.1 Si el productor NO QUIERE vender para el mercado europeo, se termina el trámite.
2.2 Si el productor SÍ QUIERE vender al mercado europeo.
A partir de la aceptación de vender a la UE, se inicia el proceso de adhesión del productor y se presentan los siguientes escenarios:
Escenario 1: El productor que quiere adherir al SISE para vender al mercado europeo y ya tiene georreferenciada la parcela con su polígono correspondiente. Pasos a seguir:
1. Se debe confirmar que la parcela cumple con el requisito de haber sido habilitada antes del 31 de diciembre del año 2020. Con los datos de georreferenciamiento de la parcela el operador comercial evalúa por sí mismo o por terceros el cumplimiento de la exigencia de parcela libre de deforestación desde el 31 de diciembre del 2020.
a. Hecha la evaluación y si cumple con el requisito de parcela libre de deforestación, califica para ingresar al SISE; de no cumplir con ese requisito, no puede ser parte de SISE-UE y queda fuera del sistema.
b. Si la parcela califica como libre de deforestación, para ingresar al SISE-UE firma el formulario de Declaración de Cumplimiento de leyes nacionales pertinentes (diseñado por SISE-UE).
2. A partir de que se confirma que la parcela califica para que los granos de soja allí producidos están en condiciones de ser vendidos en el mercado europeo, se puede avanzar a la siguiente etapa.
3. Al contrato habitual que ha sido firmado previamente entre el productor y el operador comercial, firman un ANEXO, donde el productor manifiesta su voluntad de vender para el mercado europeo y se establecen las condiciones exigidas para vender a ese mercado. Además, autoriza el uso de los datos necesarios limitado a los fines de la plataforma SISE-UE y no a otros fines que sean de interés de terceros.
Escenario 2: El productor que quiere adherirse al SISE-UE para vender al mercado europeo y no tiene georreferenciada la parcela con su polígono correspondiente. Pasos a seguir:
1. Se debe confirmar que la parcela cumple con el requisito de haber sido habilitada antes del 31 de diciembre del año 2020.
a. El productor puede georreferenciar por sí mismo o firmar una autorización al operador comercial para georreferenciar la parcela.
b. El operador comercial con los datos de georreferenciamiento de la parcela evalúa por sí mismo o por terceros, el cumplimiento de la exigencia de parcela libre de deforestación desde el 31 de diciembre del 2020.
c. Hecha la evaluación y si cumple con el requisito de parcela libre de deforestación califica para ingresar al SISE-UE, de no cumplir con ese requisito no puede ser parte del SISE-UE quedando fuera del sistema.
d. Si la parcela califica como libre de deforestación, para ingresar al SISE-UE, firma el formulario de Declaración de Cumplimiento de leyes nacionales pertinentes (diseñado por SISE-UE).
2. A partir de que se confirma que la parcela califica para que los granos de soja allí producidos están en condiciones de ser vendidos en el mercado europeo, se puede avanzar a la siguiente etapa.
3. Al contrato habitual que ha sido firmado previamente entre el productor y el operador comercial, firman un ANEXO, donde el productor manifiesta su voluntad de vender para el mercado europeo y se establecen las condiciones exigidas para vender a ese mercado. Además, autoriza el uso de los datos necesarios limitado a los fines de la plataforma SISE-UE y no a otros fines que sean de interés de terceros.